El local de la Notaría está perfectamente preparado para las personas inválidas o con problemas de movilidad.
Esta a pie de calle. Tiene rampa para silla de ruedas.
Estamos capacitados para ofrecer a nuestros clientes un servicio de notaría completo y eficaz.
El derecho de libre elección del Notario es un derecho esencial del consumidor, protegido por la legislación notarial y por el derecho de consumo, considerándose nula por abusiva la condición general por la que se imponga al consumidor la renuncia a su derecho a la elección del Notario.
Dicho derecho permite la libre concurrencia entre Notarios, es presupuesto básico de su deber de imparcialidad y debe respetarse en todo caso.
Para evitar los problemas que puedan surgir a la hora de elegir Notario cuando son varios los contratantes el Reglamento Notarial en su artículo 126 establece una serie de reglas señalando que
El consumidor que contrata con grandes operadores económicos tiene derecho, en todo caso, a elegir Notario y si este derecho es vulnerado puede reclamar ante el Servicio de Atención al Usuario del Colegio Notarial.
La Constitución Española recoge el principio de protección por los poderes públicos de los consumidores y usuarios (articulo 51).
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INVIERNO (16 septiembre - 30 junio)
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Martes y jueves: de 9:00 a 14:00 h. y de 16:00 a 18:00 h.
Viernes: de 9:00 a 14:00 h.
VERANO (1 julio - 15 septiembre)
* 1ª Quincena de julio:
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Martes y jueves:de 9:00 a 14:00 h. y de 16:00 a 18:00 h.
Viernes: de 09:00 a 14:00 h.
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Desde 15 de julio al 15 septiembre:
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